Normas de Ejecución del Presupuesto.
Disposición adicional primera. Igualdad de género
En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de igualdad de género en Andalucía, toda referencia a personas, colectivos, cargos académicos, etc., cuyo género sea masculino, estará haciendo referencia, al género gramatical neutro, incluyendo, por tanto, la posibilidad de referirse tanto a mujeres como hombres.
Disposición adicional segunda. Ingresos por concesiones administrativas
Disposición adicional tercera. Desarrollo, interpretación, ejecución y cumplimiento de las presentes normas
Se autoriza al Rector de la Universidad de Cádiz para que, a propuesta del Gerente, dicte las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo, interpretación, ejecución y cumplimiento de las presentes Normas.
Disposición adicional cuarta. Acceso del personal de las administraciones a la información económica gestionada por la aplicación informática
A fin de posibilitar la imputación de cualquier Gasto a las dotaciones presupuestarias de varias unidades de gasto, entre las que se incluyan algunas que no estén asignadas a la misma Administración, así como la tramitación de servicios internos por parte de las correspondientes unidades administrativas, se autoriza el acceso del personal de las Administraciones a la Total (€) idad de la información contable gestionada por la herramienta informática UXXI-ECONÓMICO, todo ello sin menoscabo de los necesarios sistemas de control y confidencialidad a los que se encuentra sujeto dicho personal por aplicación de la normativa vigente.
Disposición adicional quinta. Modelo de asignación del presupuesto a Centros y Departamentos