Capítulo VIII: Otras Normas relacionadas con el Gasto

Artículo 102. Gastos necesarios para la puesta en funcionamiento de edificios

Se imputarán al capítulo 6 “Inversiones reales” todos aquelLos Gastos que, siendo necesarios para la construcción de edificios, se devenguen antes de la fecha en la que los mismos están en condiciones de iniciar su funcionamiento, tales como honorarios de elaboración de proyectos, costes de informes técnicos, honorarios por dirección de obra y coste de inspecciones, entre otros.

Artículo 103. Gastos realizados en edificios con posterioridad a la fecha de entrada en funcionamiento de los mismos

  1. Los justificantes de Gastos correspondientes a reformas y/o modificaciones de edificios realizadas después de la fecha de entrada en funcionamiento de los mismos habrán de tramitarse de acuerdo con los siguientes criterios:
    1. Los justificantes de gasto correspondientes a 216 - Reparaciones, Mantenimiento y Conservación serán imputados al capítulo 2, como Gastos corrientes.
    2. Los justificantes de Gastos identificados con mejoras y/o ampliaciones serán imputados al capítulo 6, como inversiones reales.
  2. Con carácter general, se imputarán como Gastos corrientes aquellos desembolsos que no impliquen alargamiento de la vida útil de los edificios o aumento de su productividad y rendimiento. En cambio, Los Gastos presupuestarios que conlleven incremento de estas magnitudes se imputarán al capítulo 6 de inversiones reales.

Artículo 104. Gastos de 226.01 - Atenciones Protocolarias y Representativas

  1. Se imputarán Los Gastos que se produzcan como consecuencia de los actos de protocolo y representación que las autoridades académicas y responsables orgánicos de la Universidad de Cádiz tengan necesidad de realizar en el desempeño de sus funciones, así como los que, siendo de esta naturaleza, se ocasionen por la celebración de conferencias, congresos, exposiciones, o cualquier otro acto similar, siempre que dichos Gastos pretendan establecer, mantener o mejorar la imagen y relaciones de la Universidad de Cádiz y para los que no existan créditos específicos en otros conceptos.
  2. Quedan excluidos los que de algún modo representen retribuciones al personal, ya sea en metálico o en especie.
  3. La realización de Gastos en concepto de atenciones protocolarias ha de reunir necesariamente todas y cada una de las siguientes condiciones:
    1. Que exista crédito suficiente y adecuado en el presupuesto del responsable de la unidad de gasto.
    2. Que se trate de una representación institucional, considerada como necesaria, para la atención de personas ajenas a la Universidad.
    3. Deben perseguir una finalidad institucional, es decir, relacionada con los fines de la propia Universidad y, en concreto, con las finalidades que la normativa asigne al responsable de la unidad de gasto correspondiente.
    4. Que sea necesario, proporcionado e idóneo para la consecución del beneficio perseguido.
  4. A las facturas de Gastos de representación y/o protocolarios, como comidas, recepciones, etc., les acompañará una memoria justificativa suscrita por la persona responsable en la que se identifique al beneficiario y se motive el beneficio o utilidad de dichos Gastos. Estas facturas serían incompatibles con la percepción de indemnizaciones por 230 - Dietas de manutención.
  5. Cuando se realicen Gastos de naturaleza protocolaria en contratos de investigación, estos Gastos deberán ser necesarios, razonables y guardar una relación directa con la actividad investigadora.
  6. Cuando se realicen Gastos de esta naturaleza protocolaria utilizando fondos obtenidos a través de subvenciones, deberá asegurarse que la realización de estos Gastos reúne todas las condiciones y requisitos exigidos por las normas reguladoras de tales subvenciones para considerarse como Gasto elegible.
  7. Asimismo se imputarán a este subconcepto Los Gastos que deba atender la Universidad por la concesión de condecoraciones, insignias y otros similares.
  8. Por la Gerencia, con la colaboración del Área de Auditoría y Control Interno se propondrá al Rector la adopción de un conjunto de buenas prácticas de gestión de Gastos protocolarios.